El contrato médico

El contrato médico

Objetivos educativos:

Definir y caracterizar el contrato médico

Conozca las condiciones de vigencia del contrato médico

Descripción del curso

  1. Definición
  2. La naturaleza jurídica del contrato médico

Las condiciones para la formación del contrato médico

IV. Conclusión

  1. Bibliografía
  • DEFINICIÓN

Se define en el artículo 54 del Código Civil argelino: “el contrato es un acuerdo por el cual una o varias personas se obligan frente a una u otras a hacer o no hacer determinadas cosas”.

NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO MÉDICO:

1-El contrato médico es un contrato esencialmente personal:

El paciente es libre de elegir su cirujano dentista en función de sus capacidades reales o a veces supuestas, pero siempre según la confianza que éste le inspire; El paciente debe seguir las prescripciones.

2- El contrato médico es un contrato continuo:

Tan pronto como el dentista lo solicite el paciente a petición y obligación de hacer lo que no puede violar posteriormente. Si ha iniciado un tratamiento, debe prevenir sus efectos nocivos y sólo interrumpirlo por motivos legítimos. Si se retira antes de finalizar el tratamiento, será responsable de las consecuencias perjudiciales.

3- El contrato médico promete cuidados, se celebra por u es un contrato sinalagmático:

El dentista y el paciente contraen obligaciones recíprocas; El cirujano dentista tiene la obligación de proporcionar cuidados y supervisión; el paciente tiene la obligación de seguir las prescripciones y de ser remunerado.

4- El contrato médico es un contrato civil:

El acto médico debe conservar siempre su carácter civil y no puede asimilarse a un acto comercial: el cirujano dentista cobra honorarios, no obtiene beneficio.

5- El contrato médico es un contrato rescindible:

Dado que el contrato médico implica en todo momento la confianza del paciente, éste puede romperlo en cualquier momento si el cirujano dentista ha perdido su confianza.

Este derecho a rescindir el contrato no es unilateral; el cirujano dentista también puede rescindir el contrato, pero sólo si con ello no corre riesgo de perjudicar al paciente, en cuyo caso deberá garantizar la continuidad de la atención.

Este derecho mutuo de rescisión del contrato se basa en el principio general de que nadie puede ser considerado contratado indefinidamente.

  • CONDICIONES PARA LA FORMACIÓN DEL CONTRATO MÉDICO:

1- La capacidad de los contratistas:

  • Capacidad del paciente: artículos 78 y 40 del código civil:

Plenamente capaz de ejercer sus derechos civiles, cualquier adulto en pleno uso de sus facultades mentales.

  • Capacidad del cirujano dentista: artículo 194 de la ley de salud: establece las condiciones legales para el ejercicio de la cirugía dentista, a saber: nacionalidad, título y visa previa del Ministerio de Salud.

2- Consentimiento de las partes:

Consentir es convenir con alguien la operación que el contrato permitirá realizar.

El consentimiento debe ser libre e informado, obtenido tras una información “simple, aproximada, inteligible y leal”.

3- La legalidad del objeto del contrato:

El objeto del contrato, es decir el fin perseguido, debe ser moralmente justificable, lícito y legítimo.

Así es como el artículo 273 del código penal castiga a quien es culpable de castración, que los artículos 254-255 del código penal castigan a quien es culpable de eutanasia de la misma manera que el homicidio, que los artículos 304 del código penal, el artículo 244 de la ley de salud castigan uno el aborto, el otro la entrega de narcóticos prescritos con un fin no terapéutico.

4- La legalidad de la causa del contrato:

Art. 97 del Código Civil: “el contrato es nulo cuando uno se obliga sin causa o cuando la causa es contraria al orden público o a la moral”.

La causa es la razón de la obligación; El motivo que impulsa al paciente a contratar al cirujano dentista es el estado real o supuesto de enfermedad. El paciente quiere conocer la naturaleza y la gravedad del problema y, si es necesario, obtener un remedio.

Iv. Conclusión :

El contrato médico es un elemento clave de la relación médico-paciente. Las condiciones de validez del contrato médico serán nulas si no se cumple una de estas condiciones. El incumplimiento de una obligación contractual hacia el paciente es fuente de responsabilidad civil.

  1. Bibliografía:

Hannouz.MM MH: Hakem.AR Resumen de la legislación médica para uso de los profesionales de la

Medicina y derecho médico. Oficina de Publicaciones Universitarias: 06-2000.183P

www.msjustice.dz

www.joradp.dz. Código Penal argelino, edición de 2007

El contrato médico

El contrato médico

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Las carillas dentales devuelven una sonrisa armoniosa en pocas sesiones.
Los dientes desalineados pueden causar dolor en las articulaciones.
Los implantes dentales se fijan al hueso para lograr una estabilidad óptima.
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