Código de Ética Médica: Relación entre profesionales

Código de Ética Médica: Relación entre profesionales

Código de Ética Médica: Relación entre profesionales

I- Introducción – Definición  : (Arts. 1 y 2 )

– La ética médica es el conjunto de principios, reglas y prácticas que todo médico, dentista y farmacéutico debe observar o en los que inspirarse en el ejercicio de su profesión.

– Las disposiciones del código de deontología médica se aplican a todo médico, cirujano dentista, farmacéutico o estudiante de medicina, dentista o farmacia, autorizado a ejercer la profesión en las condiciones previstas por la legislación y la reglamentación vigente.

II- El deber de fraternidad  (Arts. 59 – 66) 

  1. La fraternidad es un deber primordial entre los dentistas. Debe ejercerse en interés de los pacientes y de la profesión.

Los dentistas deben mantener una buena relación entre ellos y crear sentimientos de lealtad, estima y confianza.

  1. Los dentistas deben demostrar solidaridad humana. Se deben mutuamente ayuda moral. Es de buena camaradería defender a un colega que ha sido atacado injustamente.
  2. El dentista que tenga un conflicto profesional con un colega deberá recurrir a la conciliación, si es necesario, a través de un miembro de la asociación profesional regional competente.
  3. Está prohibido calumniar a un colega, hablar mal de él o hacer eco de observaciones capaces de perjudicarle en el ejercicio de su profesión.
  4. Es una buena muestra de camaradería que un dentista recién establecido haga una visita de cortesía a sus colegas que ejercen en la misma institución o en establecimientos cercanos.
  5. Se prohíbe la reducción de tarifas mediante la práctica de descuentos o tarifas fijas, con fines de competencia. El dentista, sin embargo, tiene la libertad de prestar sus cuidados de forma gratuita.
  6. Es costumbre que el odontólogo, en su actividad profesional, preste atención gratuita a un colega o a sus dependientes, a estudiantes de ciencias médicas, al personal a su servicio y a sus colaboradores directos.
  7. Se prohíbe la apropiación indebida y el intento de apropiación indebida de clientes.

III- Relaciones entre médicos y entre cirujanos dentistas  : (art. 67-76)

  1. El dentista, llamado a asistir a un paciente tratado por un colega, debe respetar las siguientes reglas:
  • Si el paciente tiene intención de cambiar de dentista, éste le proporciona el tratamiento;
  • Si el paciente simplemente quiere asesorarse sin cambiar de dentista, se propone una consulta conjunta; si el paciente se niega, da su opinión y, en su caso, la atención necesaria; de acuerdo con el paciente, informa al dentista tratante; 
  • Si el paciente ha llamado a otro colega debido a la ausencia de su dentista tratante, éste debe proporcionar el tratamiento durante esta ausencia, cesarlo al regreso del dentista tratante y proporcionar a este último, de acuerdo con el paciente, toda la información útil.

Si el paciente se niega, deberá informarle de las consecuencias que esta negativa puede conllevar.

  1. En su consultorio, el dentista puede atender a todos los pacientes, tengan o no un colega tratante. 

Si es consultado en su consultorio por un paciente sin conocimiento de su dentista tratante, deberá, previo acuerdo del paciente, intentar contactar con el colega tratante para intercambiar información y compartir sus observaciones y conclusiones.

  1. El dentista debe ofrecer una consulta con un colega tan pronto como las circunstancias lo requieran. Debe aceptar una consulta solicitada por el paciente o por su entorno. En ambos casos, el dentista propone al colega consultante que considere más capacitado, pero deberá tener en cuenta los deseos del paciente y aceptar a cualquier colega autorizado para ejercer e inscrito en el registro. Es responsable de organizar los términos de la consulta.

Si el dentista no cree que debe dar su aprobación a la elección expresada por el paciente o su entorno, tiene la posibilidad de retirarse y no debe a nadie una explicación por su retirada.

  1. Cuando durante una consulta las opiniones del dentista tratante y de sus colegas consultores difieren profundamente, se debe informar de ello al paciente. 

El dentista tratante es libre de suspender su tratamiento si la opinión del colega consultante prevalece en el paciente o su familia.

  1. El dentista citado a consulta no podrá, por iniciativa propia, regresar al paciente para ser examinado conjuntamente en ausencia del dentista tratante o sin su aprobación durante la enfermedad que dio lugar a la consulta.
  2. El dentista consultante no debe, a menos que el paciente lo desee , continuar un tratamiento que requiera su estado de salud, cuando dicho tratamiento sea responsabilidad del dentista tratante.
  3. Cuando varios colegas colaboran en el examen o tratamiento del mismo paciente, cada uno de ellos asume sus responsabilidades personales.

Por otra parte, el o los asistentes elegidos por el odontólogo trabajan bajo su control y responsabilidad.

  1. El dentista general sólo puede ser sustituido por colegas médicos generalistas. El odontólogo especialista sólo podrá ser sustituido por colegas de su misma especialidad o por un residente de último año de la misma especialidad.

Los compañeros que sean sustituidos deberán comunicarlo sin demora a las secciones profesionales a las que pertenecen, indicando el nombre y cargo del sustituto así como la fecha y duración de la sustitución.

  1. Una vez completado el reemplazo y asegurada la continuidad de la atención, el reemplazo debe cesar toda actividad relacionada con el mismo.
  2. Los dentistas deben, en interés de los pacientes, mantener relaciones corteses y benévolas con los auxiliares médicos y los miembros de otras profesiones sanitarias; deben respetar su independencia profesional.

IV- Referencia bibliográfica 

Código de ética médica: Decreto Ejecutivo No. 92/276 de 07/06/1992.

Las caries no tratadas pueden dañar la pulpa.
La ortodoncia alinea los dientes y las mandíbulas.
Los implantes reemplazan los dientes faltantes de forma permanente.
El hilo dental elimina los residuos entre los dientes.
Se recomienda una visita al dentista cada 6 meses.
Los puentes fijos reemplazan uno o más dientes faltantes.
 

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